Es un fondo de patrimonio separado inajenable e inembargable creado para el cumplimientodel pago de indemnizaciones laborales. Consiste en aportes mensuales obligatorios de empleadores del sector privado al fondo elegido y surge a partir de la Ley 27.802.
A partir del 1 de Noviembre de 2026.
Cada empleador del sector privado debe realizar contribuciones mensuales obligatorias sobre su masa salarial, destinadas exclusivamente al pago de indemnizaciones laborales. Las sumas se ingresan junto con las contribuciones patronales existentes utilizando el F.931 y no implican un aumento en las cargas del empleador.
Trabajadores del sector privado registrados con un mínimo de 12 meses de antigüedad al momento de la desvinculación, no aplica a relaciones laborales reguladas por la Ley 22.250 (Industria de la Construcción) y la Ley 26.844 (Personal de Casas Particulares).
Sobre el sueldo bruto, se compensan con una reducción de aportes a ANSES.
Grandes Empresas 1% - 1,5% | PyMEs 2,5% - 3%.
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